A partir de este miércoles entró en vigencia la actualización de los montos de las sanciones tras la suba del precio de los combustibles en la provincia. La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito oficializó el valor de la Unidad Fija en $2101, tomando como referencia el litro de nafta súper, lo que eleva las penalizaciones más comunes por encima de los $420.000 y fija el tope máximo en más de $4.200.000.
El costo de cometer infracciones en la red de caminos provinciales sufrió una fuerte indexación debido al ajuste de las variables energéticas de mercado. El mecanismo de cálculo, amparado en la Ley Provincial de Tránsito 8560, utiliza el informe mensual de la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (Fecac) para equiparar cada Unidad Fija (UF) al valor del combustible básico. La entrada en vigencia del nuevo codificador modifica automáticamente los rangos de pago exigidos a los automovilistas que sean sancionados por los puestos de control carretero.
La reconfiguración tarifaria impacta de manera directa en las faltas operativas habituales cometidas en los corredores interurbanos. El cuadro regulatorio establece una segmentación rígida que penaliza con mayor rigor aquellas conductas que vulneran la integridad física de terceros o alteran las pautas de circulación. La escala técnica determina que los montos finales dentro de cada categoría serán fijados por los jueces de faltas, quienes evalúan agravantes específicos como el historial de reincidencia del conductor implicado.
El nuevo cuadro de sanciones según la gravedad de la falta
El esquema de penalidades económicas se divide en cuatro categorías bien definidas por el codificador provincial:
- Infracciones Leves (de 20 a 100 UF): Contempla multas que parten desde los $42.020 hasta los $210.100. En este escalón se ubican conductas como conducir fumando, transitar con la patente ilegible o ausente, y estacionar en lugares prohibidos, autopistas o autovías.
- Infracciones Graves (de 100 a 200 UF): Los valores oscilan entre $210.100 y $420.200. Incluye las faltas de mayor habitualidad en ruta, tales como transitar con las luces bajas apagadas, realizar el sobrepaso en doble línea amarilla, no utilizar el cinturón de seguridad, conducir utilizando el teléfono celular o auriculares, y circular por la banquina.
- Infracciones Muy Graves (de 200 a 400 UF): Con montos que se ubican entre $420.200 y $840.400. Penaliza de forma severa el exceso de velocidad detectado por radares, el test de alcoholemia positiva, disputar competencias de velocidad («picadas»), circular a contramano, darse a la fuga tras un siniestro vial o transportar a menores de diez años en el asiento delantero o en motocicletas.
- Sanciones Especiales (hasta 2000 UF): Representa el techo económico del sistema, alcanzando un valor de $4.202.000. Está reservado para faltas institucionales o estructurales, como las irregularidades en las escuelas de conducir o centros de ITV, la destrucción de la infraestructura vial, la colocación de cartelería ilegal y la realización de publicidad engañosa que incite a la velocidad.
