En una resolución con fuerte perspectiva de género, el Juzgado de Competencia Múltiple de Corral de Bustos rechazó la demanda de desalojo interpuesta por un hombre contra su expareja y sus dos hijos de cuatro y cinco años. El magistrado Claudio Daniel Gómez priorizó el bienestar de los menores y la estabilidad del grupo familiar por sobre el derecho de propiedad del demandante, quien pretendía recuperar la vivienda que él mismo había cedido tras la separación.
El juez subrayó que la mujer no solo ejerce el cuidado diario y exclusivo de los niños —mientras que el progenitor cumple un régimen de visitas quincenal—, sino que el inmueble funciona también como su sustento económico, ya que allí regentea un comercio de indumentaria. El fallo advirtió que un desalojo obligaría a la madre a delegar el cuidado de los menores y la expondría a una situación de vulnerabilidad habitacional, dependiendo de la voluntad del demandante para costear un alquiler externo.
La sentencia fue contundente al comparar la disparidad económica entre las partes: mientras la mujer subsiste con su emprendimiento y una cuota alimentaria mínima, el hombre logró adquirir tras la ruptura una vivienda de mayor envergadura y un vehículo de alta gama. El magistrado calificó el pedido como «injusto e inequitativo», destacando que el demandante goza de una estabilidad financiera que le permite prescindir del inmueble sin afectar su calidad de vida, a diferencia del riesgo de desamparo que enfrentaría su familia.
Finalmente, el tribunal aclaró que este tipo de disputas no deben resolverse mediante juicios de desalojo ordinarios, sino en el ámbito del Derecho de Familia. Aplicando el principio del interés superior del niño, la Justicia cordobesa reafirmó que la atribución del hogar familiar debe favorecer a quien detenta el cuidado personal de los hijos, garantizando así un techo digno y la continuidad de la fuente laboral que sostiene el hogar.
