El bufete británico logró una sentencia de 7.000 libras utilizando el sistema automatizado Garfield AI para la preparación de pruebas y redacción de la demanda. No obstante, especialistas aclaran que la defensa oral en la audiencia estuvo a cargo de un profesional humano. La abogada Cynthia Castro advirtió sobre los límites éticos y remarcó que la tecnología no puede reemplazar el razonamiento jurídico.
Un proceso judicial tramitado en los tribunales del Reino Unido reinstaló la polémica internacional sobre el alcance y la regulación de la tecnología en el ejercicio del derecho. Este sábado 27 de junio de 2026, se difundieron los detalles de un fallo favorable de 7.000 libras esterlinas obtenido por un bufete británico que delegó gran parte de su trabajo previo al litigio en sistemas de inteligencia artificial (IA). La plataforma utilizada fue Garfield AI, una firma tecnológica que cuenta con la habilitación oficial de la Solicitors Regulation Authority (SRA), el órgano que regula la matrícula y la práctica de la abogacía en Inglaterra y Gales.
La presentación judicial fue iniciada por Tamires Camal Taquidir, una trabajadora independiente que reclamaba el cobro de honorarios profesionales adeudados. El sistema de inteligencia artificial intervino de forma directa en la estructura técnica del expediente: procesó y organizó el material probatorio, redactó las declaraciones testimoniales y elaboró los escritos principales de la demanda. Pese al alto nivel de automatización del caso, las autoridades judiciales aclararon que la audiencia oral y la exposición final de los alegatos ante el magistrado no fueron ejecutadas por una máquina, sino por un abogado matriculado humano.
El alcance y los límites de la IA en la justicia
La abogada, escritora y docente Cynthia Castro analizó el antecedente internacional en diálogo con Cadena 3 y desmitificó el alcance del veredicto, señalando que la herramienta tecnológica funciona como un soporte administrativo pero carece de autonomía jurídica.
La especialista identificó tres límites centrales en la implementación de estos softwares:
- Asistencia operativa, no estratégica: Los sistemas de datos agilizan los tiempos procesales, reducen los costos operativos y optimizan la redacción técnica, pero la decisión de la estrategia procesal sigue bajo estricta responsabilidad humana.
- Incompatibilidad con la oralidad: Los marcos regulatorios actuales en Europa y Occidente impiden que las audiencias y los careos presenciales o virtuales sean desarrollados de forma autónoma por algoritmos.
- Incapacidad de valoración probatoria: La interpretación profunda de los principios constitucionales, las garantías procesales y el análisis de la veracidad de las pruebas requieren un juicio crítico que las plataformas informáticas no pueden replicar.
«Debemos decir que la IA no ganó un juicio. Quien ganó el juicio es el abogado que utilizó la IA como herramienta de trabajo. No está reemplazando el razonamiento jurídico, mucho menos una valoración probatoria. No puede pensar la inteligencia artificial por el abogado; allí entra la parte ética». — Cynthia Castro, abogada y docente, en declaraciones sobre el caso británico.
Respecto a la viabilidad de trasladar este tipo de experiencias al sistema judicial de Argentina, Castro enfatizó que delegar en un algoritmo de lenguaje la interpretación de normas jurídicas fundamentales significaría un severo riesgo ético y legal, puesto que la defensa en juicio es una función inherente a la responsabilidad civil del profesional matriculado. El caso del Reino Unido demuestra que, si bien el desarrollo corporativo de la inteligencia artificial avanza aceleradamente en las tareas de soporte y gestión de archivos, el control de la defensa formal y la resolución de las sentencias continúan blindados bajo estricta supervisión humana para garantizar las pautas del debido proceso.
