Miguel Hugo Vaca Narvaja, juez titular del Juzgado Federal N°3 de Córdoba. (Nicolás Bravo / La Voz)
El juez Miguel Vaca Narvaja hizo lugar a un amparo colectivo contra la obra social de los jubilados y el programa Incluir Salud. El fallo rechaza de forma tajante que el «ordenamiento presupuestario o fiscal» se use como argumento para justificar demoras en la cadena de pagos, que en muchos casos arrastran atrasos desde diciembre de 2025. Advirtieron por responsabilidades civiles y penales si continúa el estrangulamiento financiero.
La política de ajuste fiscal y de auditoría de las partidas estatales chocó contra un límite legal infranqueable en los tribunales cordobeses. Este miércoles 24 de junio de 2026, el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba dictó un fallo de fuerte impacto institucional al ordenar al PAMI y al programa federal Incluir Salud normalizar de manera inmediata el flujo de fondos destinados a las prestaciones de discapacidad. La sentencia judicial, de carácter colectivo, obliga al Ministerio de Salud de la Nación a cesar con las demoras y garantizar la continuidad en tiempo y forma de los pagos para los beneficiarios de pensiones no contributivas.
La presentación en los Tribunales Federales fue articulada por la abogada Marta Lastra, referente de la organización civil Defendamos Córdoba, en representación de miles de damnificados, prestadores, centros de día y transportistas que se encontraban al borde del colapso operativo. De acuerdo con las pruebas recolectadas en el expediente, la parálisis en el giro de los recursos echa raíces a finales de 2025, acumulando deudas y retrasos que en numerosos casos constatados superan los cinco meses por servicios médicos y asistenciales que ya fueron brindados.
«No puede el Estado Nacional esgrimir razones de control u ordenamiento presupuestario para incumplir con obligaciones elementales pendientes desde diciembre del año pasado, desatendiendo derechos de un colectivo sumamente vulnerable. Perseverar en esa conducta omisiva generará, sin duda alguna, responsabilidades civiles y/o penales a los ejecutores del desatino». — Argumentación categórica expuesta por el juez federal Miguel Vaca Narvaja en el texto resolutivo.
El dictamen emitido por el magistrado cordobés desarma la estrategia de defensa del Poder Ejecutivo y establece pautas estrictas sobre el cumplimiento de las normativas de salud:
- Fin de la justificación fiscal: El fallo aclara que el Estado de Derecho impone el sometimiento de las autoridades a la ley vigente. El juez calificó el congelamiento de fondos como un «acto arbitrario e ilegal» que no puede escudarse bajo la premisa de revisar o auditar partidas presupuestarias mientras se desatiende a pacientes críticos.
- Derechos efectivos, no simbólicos: Vaca Narvaja remarcó que la asistencia integral a las personas con discapacidad representa una política pública consolidada del país. Por ende, los derechos constitucionales de acceso a la salud no pueden ser «meramente declarativos» ya que de su goce depende la dignidad humana básica.
- Peligro de quiebra en el sistema: La cautelar alcanza a miles de profesionales independientes y clínicas del interior que denunciaban el estrangulamiento de la actividad. Al tener alcance colectivo, la regularización ordenada por el juzgado ampara de forma automática a todo el universo de prestadores afectados por la Ley de Emergencia en Discapacidad.
Desde los organismos estatales intentaron justificar los retrasos argumentando la necesidad de implementar nuevos filtros de control administrativo contra el fraude. No obstante, la resolución judicial determinó que los mecanismos de fiscalización interna no pueden suspender ni cortar de manera unilateral las prestaciones en ejecución. El Ministerio de Salud de la Nación quedó conminado a ejecutar los desembolsos de forma urgente bajo apercibimiento de incurrir en delitos penales por desobediencia judicial y abandono de persona, marcando un freno de peso al alcance de las tijeras fiscales sobre las áreas sensibles de la seguridad social.
